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Reforma a Ley de Tránsito ya está vigente

Ayer lunes se publicó la reforma a la Ley de Tránsito aprobada el mes pasado en la Asamblea Legislativa, por lo que la Policía de Tránsito ya puede multar sin la presencia del conductor en casos como mal estacionamiento. También, a quienes se nieguen a realizarse la prueba de espiración de aire para determinar si la persona conduce bajo los efectos del alcohol se les multará.

Así lo explicó el Director de la Policía de Tránsito, Comisario Mario Calderón, quien manifestó que el cuerpo policial está preparado para aplicar estos cambios, que vienen a facilitar la labor del cuerpo policial.

Así, detalló el funcionario, la persona que se niegue a realizar la prueba de alcohol se le impondrá una multa de ¢306.850,21 y acumulará 6 puntos en la licencia (lo que lo obligará a llevar un curso de sensibilización y reeducación vial, el cual deberá ganar con una nota de 80, como mínimo. La licencia se le renovaría por 4 y no por 6 años).

La persona podrá impugnar la sanción solicitando una segunda prueba en un laboratorio, por ejemplo, pero si la prueba sale positiva tendrá que pagar la multa así como la prueba de laboratorio.

Otras reformas importantes que entran a regir hoy, pero que deberán esperar la publicación del reglamento, son las relacionadas con el control de ruido de los vehículos, pero ya se encuentra en el trámite respectivo para que, de igual forma, salga publicado en los próximos días, puntualizó por su lado el M. Sc. Mario Durán, Viceministro de Reformas y Proyectos.

Esta reforma es el producto de más de dos años de trabajo conjunto entre Policía de Tránsito, el Consejo de Seguridad Vial, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y un grupo de diputados y diputadas preocupados por las falencias de la actual Ley de Tránsito.

Partes impersonales

Estacionar el carro en zona amarilla, frente a la cochera de un negocio, en las esquinas o tapando las rampas para personas con discapacidad o hidrantes podría salirle muy caro a los infractores.

Además de poder confeccionar partes con cámaras, desde hoy el infractor podría encontrarse una boleta en su parabrisas, o llevarse la sorpresa cuando vaya a pagar el marchamo de que se le hizo un parte impersonal (es decir, en su ausencia) por cometer faltas a la Ley de Tránsito.

El Comisario explicó que con este cambio espera combatir una epidemia vial como lo es el estacionamiento en las aceras que tanto afecta a los peatones, pero también descongestionar más las carreteras que se ven reducidas en el número de carriles por el estacionamiento indebido.

“El trabajo va a ser más ágil, la gente nos critica porque ven muchos carros mal parqueados, pero es un problema que se ataca constantemente. El obstáculo es que si el conductor no está, hasta ayer, no lo podíamos sancionar; pese a ello, el estacionamiento indebido fue la tercera conducta más sancionada en el primer semestre del año, con 10.450 boletas. Hemos hecho mucho, pero nunca es suficiente”, acotó Calderón.

El estacionamiento indebido implica una multa de ¢51.316,25; sin embargo, el precio que tendría que pagar el infractor sería mayor, ya que se le cobraría el acarreo y la custodia del vehículo, si se le decomisa. Adicionalmente, la reforma libra al Estado del pago de eventuales daños al freno de emergencia (freno de mano), generados por el acarreo en grúa.

Otros cambios

Otro de los cambios que entraron a regir es la prohibición del uso de la licencia B-1 para conducir motocicletas de bajo cilindraje.

Durán explicó que este cambio busca combatir la mortalidad de motociclistas en carretera, pues es el vehículo en el que más personas mueren, con 107 en el primer semestre del 2017 y 199 en todo el 2016. El año pasado se inscribieron 200 motos por día, como promedio.

“Si bien la idea original de conducir motocicleta con licencia tipo B-1 era ayudar al turismo, de tal manera que las personas fueran cubiertas por las pólizas al usar motos y cuadraciclos de alquiler, lo cierto es que el objetivo se distorsionó y muchas personas comenzaron a viajar en motocicleta por todas las carreteras, sin que de verdad estuvieran preparados para ello”, detalló Durán.

El exceso de pasajeros también se podrá sancionar de manera directa con la reforma a la Ley. Actualmente, cuando en un vehículo viajan más ocupantes de los permitidos, se debe sancionar por no portar el cinturón de seguridad (ya que alguna o algunas personas no tienen cinturón para sujetarse). Ahora se sancionará directamente por exceso de capacidad, con una multa de ¢103.679,77.

Con algunas excepciones, ahora también se penalizará económicamente a quien lleve personas en los cajones de los vehículos tipo pick up y se impondrá una multa de ¢51.316,25 a la persona que desobedezca las instrucciones de un oficial de Tránsito.

Otro aporte a la seguridad vial son las sanciones a quienes lleven carga en los vehículos y no la cubran adecuadamente, como las vagonetas que transportan tierra y por falta de cuidado caen del vehículo algunos materiales que ponen en riesgo a otros conductores o causan daños a otros automotores.

Beatriz Nuñez

Periodista de profesión desde el año 2003. Ese mismo año se involucró en la cobertura de deportes de motor y la industria automotriz, campo en el que se desempeña hasta el día de hoy. Tres veces nombrada por FECOM como la periodista mas destacada en el campo de los motores.

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